05/06/2020
INTENDENTE DE SAN MARTÍN VIOLA CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL
Se realizó un pedido de informe por parte del Bloque 9 de Julio y UCR de los ingresos y egresos de los fondos municipales.
En la que se enuncia al artículo 131 de la Carta Orgánica municipal que establece las atribuciones y deberes del Ejecutivo Municipal en la misma detalla en su Inciso 7 que el intendente debe publicar los ingresos y egreso por lo.menos trimestralmente. A lo que estaría inclumpliendo y quedando en falta grave de esta responsabilidad y deber impuesta por la carta Orgánica Municipal