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lunes, 6 de mayo de 2019

La Cámara Federal ratificó el rechazo de un habeas corpus en favor del intendente Karasiuk


Por temor a ser detenido, el intendente de Pampa del Indio impulsó ante la Justicia federal una acción de habeas corpus para ampararse en el artículo 195 de la Constitución del Chaco de fueros de los jefes comunales. La medida fue rechazada in límine en primera instancia y este viernes, según pudo saber CHACODIAPORDIA.COM, confirmada por la Cámara Federal
Viernes, 3 mayo 2019

En base publicaciones periodísticas, el intendente de la localidad de Pampa del Indio, Gustavo Karasiuk, interpuso una acción de hábeas corpus ante la justicia federal para que se prohíba la privación de su libertad ambulatoria, amparándose en el artículo 195 de la Constitución Provincial, que establece que los jefes comunales no pueden ser detenidos durante el ejercicio de su función. La medida fue rechazada in límine por la jueza federal Zunilda Niremperger, y este viernes la desestimación también fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
En 2018, el jefe comunal había impulsado una acción declarativa de certeza ante la Cámara en lo Contencioso Administrativa provincial para saber si podría ser detenido a pesar de los fueros que prevé el artículo 195 de la Constitución Provincial y, en contraste con el criterio de la justicia federal, ese tribunal aseguró que le correspondían los fueros y que no podía ser arrestado.
Aparentemente, todo habría surgido de una publicación periodística donde se habría consignado que la justicia federal había posado su lupa en el jefe comunal de Pampa del Indio en la investigación por lavado de dinero de fondos federales destinados a la construcción de viviendas para comunidades indígenas, más conocida como “Lavado III”, en la que ya se encuentran detenidos el exintendente de Villa Río Bermejito, Lorenzo Heffner, y el intendente de Juan José Castelli, Alberto Oscar Nievas.
“No surge de lo expuesto por el denunciante un dato concreto referido a la orden de detención que menciona, sino sólo una referencia genérica a su existencia, la que dice conocer a través de medios de comunicación, tornándose así improcedente la acción intentada”, sostiene la resolución dictada este viernes por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que lleva la firma de las camaristas María Delfina Denogens y Rocío Alcalá.