Por temor a ser detenido, el intendente de Pampa del Indio
impulsó ante la Justicia federal una acción de habeas corpus para ampararse en
el artículo 195 de la Constitución del Chaco de fueros de los jefes comunales.
La medida fue rechazada in límine en primera instancia y este viernes, según
pudo saber CHACODIAPORDIA.COM, confirmada por la Cámara Federal
Viernes, 3 mayo 2019
En base publicaciones periodísticas, el intendente de la
localidad de Pampa del Indio, Gustavo Karasiuk, interpuso una acción de hábeas
corpus ante la justicia federal para que se prohíba la privación de su libertad
ambulatoria, amparándose en el artículo 195 de la Constitución Provincial, que
establece que los jefes comunales no pueden ser detenidos durante el ejercicio
de su función. La medida fue rechazada in límine por la jueza federal Zunilda
Niremperger, y este viernes la desestimación también fue confirmada por la
Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
En 2018, el jefe comunal había impulsado una acción
declarativa de certeza ante la Cámara en lo Contencioso Administrativa
provincial para saber si podría ser detenido a pesar de los fueros que prevé el
artículo 195 de la Constitución Provincial y, en contraste con el criterio de
la justicia federal, ese tribunal aseguró que le correspondían los fueros y que
no podía ser arrestado.
Aparentemente, todo habría surgido de una publicación
periodística donde se habría consignado que la justicia federal había posado su
lupa en el jefe comunal de Pampa del Indio en la investigación por lavado de
dinero de fondos federales destinados a la construcción de viviendas para
comunidades indígenas, más conocida como “Lavado III”, en la que ya se
encuentran detenidos el exintendente de Villa Río Bermejito, Lorenzo Heffner, y
el intendente de Juan José Castelli, Alberto Oscar Nievas.
“No surge de lo expuesto por el denunciante un dato concreto
referido a la orden de detención que menciona, sino sólo una referencia
genérica a su existencia, la que dice conocer a través de medios de comunicación,
tornándose así improcedente la acción intentada”, sostiene la resolución
dictada este viernes por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, que
lleva la firma de las camaristas María Delfina Denogens y Rocío Alcalá.