La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia hizo lugar al recurso de apelación del fiscal Patricio Sabadini, anuló parte de una resolución de la jueza Zunilda Niremperger y despejó el camino para avanzar con la detención del intendente de Castelli, Alberto Nievas, imputado por lavado de dinero en la causa conocida como “Lavado III”
Alberto Nievas, luego de declarar este jueves ante la jueza
Niremperger (Foto: Gentileza Jorge Tello)
Pocas horas después de que la Cámara de Diputados del Chaco
postergara la intervención del Municipio de Juan José Castelli a la espera de
una definición judicial, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia
decidió hacer lugar al recurso de apelación del fiscal Patricio Sabadini y
anuló parte de una resolución de la jueza federal de primera instancia Zunilda
Niremperger, quién dictó la prisión preventiva del intendente Alberto Nievas
pero dejó en manos del Concejo Municipal de Castelli el análisis de si le
correspondía o no la inmunidad de arresto del artículo 195 de la Constitución
Provincial, lo que se había resuelto en favor de Nievas. La medida se produjo
en el marco de la causa en la que el jefe comunal se encuentra imputado por
lavado de dinero agravado por habitualidad y otra serie de delitos precedentes.
Ahora, en concreto, la orden de detención del intendente de Castelli cobra
vigencia.
La sentencia, que difunde fue dictada
este viernes y lleva las firmas de los camaristas José Luis Aguilar y Rocío
Alcalá. La misma se expidió en el mismo sentido que el dictamen del fiscal de
Cámara, Federico Carniel, que adelantó este portal el miércoles pasado, y que
hizo postergar el tratamiento de la intervención al Municipio de Castelli en el
Parlamento chaqueño.
Nievas es investigado por el presunto desvío de fondos
nacionales que debían destinarse a la construcción de viviendas por parte de
cooperativas y se encuentra imputado por los delitos de lavado de dinero
agravado por habitualidad por ser miembro de una banda y funcionario público,
asociación ilícita, enriquecimiento ilícito, malversación de caudales públicos,
fraude en perjuicio de la administración pública e incumplimiento de los
deberes de funcionario público.
Sin inmunidad para intendentes y concejales
Para los camaristas, la Constitución Provincial prevé la
“indemnidad” para los legisladores (artículo 120), intendentes y concejales
(artículo 195), pero la “inmunidad” en condiciones extraordinarias de
procedibilidad sólo la contempla para los funcionarios enumerados en el
artículo 120 y para los legisladores y magistrados judiciales (artículos 103 y
154) “no así para los intendentes y concejales municipales quiénes por ello en
casos de procesos penales en su contra, o como en el caso de autos, en el que
se ordena su detención en razón de la investigación penal iniciada no requieren
antejuicio señalado para los casos anteriores”.
“Ordenada la detención de un intendente o de un concejal
municipal por la supuesta comisión de un delito común –aún cuando fuese
cometido estando en el cargo- o un delito federal –como el que se imputa en
autos- se debe cumplimentar la manda de detención sin obstáculo procesal
alguno”, precisa el fallo dictado este viernes por la Cámara Federal de Resistencia.
Sabadini: “Las fuerzas federales tendrían que proceder a la
detención del señor Nievas”
Tras conocerse el fallo de la Cámara, el fiscal federal de
Resistencia, Patricio Sabadini, consideró la sentencia “deja latente la orden
de detención”, y aseguró que “en este momento las fuerzas federales tendrían
que ir a apersonarse en el domicilio del señor Nievas y ahí proceder a la
detención”. En declaraciones a FM La Radio 104.7, el representante del
Ministerio Público Fiscal aclaró que “lo único que se cuestionó fue supeditar
la detención a lo que diga el Concejo Deliberante”.