Publicidad

viernes, 2 de marzo de 2018

La Justicia Nacional declaró ilegal la retención del carnet de conducir

La Justicia Nacional declaró ilegal la retención del carnet de conducir





Un Tribunal ordenó la devolución de una licencia de conducir de un hombre que fue secuestrado durante un operativo vial.













En los autos “D., A. P. s/entrega de licencia de conducir”, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional ordenó la devolución de la licencia de conducir de un hombre que fue secuestrada durante un operativo vial.

La defensa del imputado interpuso un recurso de apelación contra 
la sentencia y argumentó que la decisión del juez de grado 
fue arbitraria e infundada al negar la restitución de la licencia de 
conductor secuestrada, pues se trata de una pena anticipada en este 
estadio del proceso.
Frente a ello, los miembros del Tribunal, Luis María Bunge 
Campos, Mauro Divito y Jorge Luis Rimondi,
 hicieron lugar
 al recurso y explicaron que la resolución es nula porque lo decidido
 con el argumento de denegar el reintegro 
de un objeto
 secuestrado, significaba la imposición anticipada de la medida 
cautelar de inhabilitación provisoria para conducir, 
antes del 
momento procesal oportuno para ello, que sería con el dictado 
del auto de procesamiento.
En ese sentido, los jueces coincidieron en que la imposición de la 
inhabilitación provisoria antes de una sentencia condenatoria es 
inconstitucional.
Los magistrados sostuvieron que se debe declarar la nulidad 
del auto atacado, por cuanto bajo el argumento de rechazar la 
de un objeto, "ha impuesto una medida cautelar sólo 
autorizada para el momento del auto de procesamiento
 (art. 311 bis, del C.P.P.N.) que aún no ha sido dictado". 
Fuente: www.diariojudicial.com